Empresas despiden a empleados que abusan de conexión a Internet

El sitio web de la publicación PC World incluye una investigación según la cual 9 de 200 empresas estadounidenses encuestadas afirma haber despedido a empleados que abusaron de la conexión corporativa a Internet.

Ello deja en evidencia una nueva tendencia que cobra cada vez más fuerza, especialmente en Estados Unidos, de controlar el rumbo que los empleados toman en sus incursiones por la web desde sus puestos de trabajo. Según la investigación de PC World, una de cada tres empresas realiza tal vigilancia, en tanto que para el caso de las compañías con más de 1.000 empleados, la proporción aumenta a dos terceras partes. De igual modo, un 12% de las empresas consultadas indicó que planea instalar sistemas de supervisión del tráfico de sus empleados por la red.

Otro hecho notable es que un 14% de las empresas que participaron en la encuesta admiten no haber informado a sus empleados que estaban siendo controlados.

Por su parte, un 65.8% de los propios empleados está de acuerdo en que la empresa tiene derecho a vigilar el uso de la conexión corporativa a Internet. Un 26.8% dijo estar en desacuerdo, y un 7.4% declaró estar inseguro. Asimismo, el 94.2% señaló que la empresa debería informarles de una eventual supervisión de sus movimientos, en tanto que sólo un 4.1% estuvo en desacuerdo y 1.7% se mostró inseguro.

En la mayoría de los 9 casos que implicaron despidos por abuso de la conexión corporativa a Internet, los excesos se habrían producido al acceder el empleado a sitios web de contenido pornográfico. Otras causas fueron la participación en juegos de azar, realización de compras online y conversaciones privadas. El caso más relevante fue el de un administrador de sistemas que fue despedido luego de habérsele comprobado ni más ni menos que 15.000 hits a un sitio pornográfico en el transcurso de un mes.

La ley estadounidense faculta a los empleadores a controlar la información almacenada en medios electrónicos como contestadores automáticos y correo electrónico. Al tratarse de comunicaciones personales se requiere la autorización del empleado. Y aunque la ley no precisa la forma en que tal autorización debe ser obtenida, lo normal es que se trate de una autorización general incluida en el contrato de trabajo del empleado.


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