Autores de renombre, entre ellos la escritora de “American Prometheus”, se han sumado recientemente a una demanda contra OpenAI y Microsoft. Esta acción legal, iniciada por Julia Sancton, cuestiona el uso de obras creativas en el entrenamiento del modelo lingüístico de ChatGPT. Los autores alegan que sus obras protegidas por derechos de autor se están utilizando sin su consentimiento, vulnerando así sus derechos.
El grupo, que incluye a ganadores del Premio Pulitzer, sostiene que el método de OpenAI de raspado web para el entrenamiento de IA constituye un uso no autorizado de su contenido original, por lo que pretenden impedir que se sigan utilizando sus obras. La demanda acusa tanto a OpenAI como a Microsoft de crear una empresa multimillonaria apropiándose sin autorización de las obras colectivas de los autores.
Este caso es el primero que se dirige conjuntamente contra Microsoft y OpenAI, haciendo hincapié en la importante inversión de Microsoft en OpenAI como factor de responsabilidad compartida.
La batalla legal actual es un reflejo de la creciente incertidumbre que rodea la aplicación de la ley de derechos de autor a la inteligencia artificial. Sigue a una demanda similar del “Authors Guild”, que representa a autores como George RR Martin, contra OpenAI. La CEO del Gremio, Mary Rasenberger, subrayó que la IA sólo puede crear derivaciones de obras existentes, lo que suscita preocupación por el plagio y la necesidad de una atribución adecuada.
El resultado de estas demandas podría dar lugar a normativas más estrictas para empresas como OpenAI, lo que podría influir en sus interacciones con los gobiernos. La industria tecnológica, tradicionalmente resistente a la regulación, y los organismos gubernamentales se encuentran en una coyuntura crítica para determinar el alcance de la normativa necesaria para proteger a los titulares de derechos de autor.
En octubre escribíamos sobre un informe publicado por el Servicio de Investigación del Congreso de EE.UU. donde se debatían los retos que plantean sistemas de IA generativa como DALL-E y ChatGPT. Estos sistemas, capaces de producir de forma autónoma libros, artículos y obras de arte completas, plantean problemas fundamentales de derechos de autor, sobre todo porque las leyes actuales sólo reconocen a los creadores humanos.
El meollo del asunto gira en torno a si se pueden conceder derechos de autor a los sistemas de IA. Tradicionalmente, la legislación sobre derechos de autor se ha limitado a los autores humanos. La Oficina de Derechos de Autor de EE.UU. ha mantenido que las obras creadas únicamente por IA no pueden acogerse a la protección de los derechos de autor. Sin embargo, sigue abierta la posibilidad de que las obras que incorporen contenidos generados por IA puedan acogerse a estos derechos. El debate se centra en si la IA es simplemente una herramienta utilizada por los humanos o si representa una nueva categoría de creador.
Identificar al autor de las obras generadas por IA es problemático. No está claro si debe considerarse autor al programador, al usuario que da órdenes a la IA o a la propia IA. Algunas empresas de IA han intentado resolver este problema asignando derechos a los usuarios mediante condiciones de servicio.
Además, la IA generativa plantea problemas de infracción de los derechos de autor. El entrenamiento de la IA suele implicar la copia de grandes cantidades de material protegido por derechos de autor. Esto ha dado lugar a demandas contra empresas de IA, en las que los demandados argumentan un uso legítimo. También está la cuestión de si los resultados generados por la IA infringen los derechos de autor existentes, sobre todo cuando imitan estilos específicos o representan personajes protegidos por derechos de autor.