En meses pasados, WIPO, ha llevado a la justicia alrededor de 60 casos que la propia entidad califica de usurpación de nombre de dominio y que básicamente se refieren a individuos o empresas que registran nombres corporativos conocidos con el fin o esperanza- de revenderlos a sus legítimos titulares.
En la gran mayoría de los casos, los piratas de dominios fueron sentenciados a ceder los derechos a los titulares legítimos de las marcas registradas, sin exigir compensación económica por ello. De igual modo, la entidad consiguió pronunciamientos judiciales que respaldan la idea de que los propietarios de la marca tienen el derecho preferencial a registrar el dominio correspondiente.