Difunden código fuente de Napster

El código fuente de Napster se encuentra disponible en Internet, lo que hace posible para cualquier interesado crear su propia comunidad de intercambio de música. De esa forma, aunque Napster posiblemente desaparezca, la tecnología y el concepto Napster, propiamente tales, continuarán imparables.

Esta medianoche, el servicio de intercambio de música Napster será clausurado temporalmente como resultado de un fallo judicial que respaldó la argumentación de la querellante RIAA (Asociación de la Industria Discográfica Estadounidense), en el sentido de que Napster facilita y promueve la piratería de propiedad intelectual. Con ello, Napster deberá apagar sus 100 servidores, desde los cuales se hace posible el intercambio de música a gran escala, que según cifras de la propia compañía llega a las 14.000 canciones por minuto.

A pesar del embargo judicial, el hecho de que el código fuente de Napster se encuentre disponible en Internet, hace en principio posible para cualquier interesado que disponga de la infraestructura necesaria -servidores y ancho de banda–, crear su propio sistema de intercambio de música. Tal situación pone de relieve el verdadero impacto de las nuevas tecnologías usadas por Napster, Scour, Gnutella y otros, que llevan a cuestionar la eficacia real que tendrá cerrar a Napster y servicios afines.

Paralelamente, trascendió que los abogados de Napster, presididos por David Boies (representante del Departamento de Justicia en el caso antimonopolios contra Microsoft), apelaron contra la clausura temporal de Napster.

La parte querellante deberá pronunciarse hoy, viernes 28, respecto a la apelación. Un panel de tres jueces escuchará la apelación y decidirá si dar el ”cúmplase” a la orden dada por la jueza Patel o eventualmente revocarla o postergarla.

El presidente de Napster, Hank Barry, escribe en el sitio web de la compañía que ”Aunque estamos firmemente y totalmente en desacuerdo con la decisión de la jueza, respetaremos el embargo y suspenderemos nuestro servicio en caso de no se acepte nuestra apelación”. A entender de Barry, ”el fallo es, en lo medular, el siguiente: que compartir música entre individuos, sin fines de lucro, es una violación de la ley”.


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