La decisión del tribunal se produjo luego que las rectorías del prestigioso Instituto Tecnológico de Massachussets (MIT) y Boston College decidieran aclarar por la vía legal si las exigencias de RIAA se ajustaban a Derecho.
El juez concluyó que RIAA no puede exigir, sin más, que las universidades le entreguen los nombres de estudiantes que, a entender suyo, intercambian vía Internet archivos de material con derechos reservados.
Con todo, cabe precisar que el juez se pronunció únicamente sobre el procedimiento empleado por RIAA para requerir los nombres y no sobre el derecho de la organización a establecer las identidades de los usuarios de redes P2P que intercambien material ilegal.
Comentando el pronunciamiento judicial, un portavoz de RIAA señaló que la organización presentará un nuevo requerimiento, esta vez ajustado a las instrucciones dadas por el juez.