Aplicaciones y Covid-19: llaman a evitar los efectos secundarios en la protección de datos personales

El Consejo de Europa advierte sobre los posibles efectos secundarios de las aplicaciones de rastreo de contactos digitales en la prevención de la pandemia del Covid-19 y pide que se establezcan las salvaguardias adecuadas para prevenir los riesgos para los datos personales y la privacidad.

En una declaración conjunta difundida el 28 de abril, la Presidenta del comité del “Convenio 108” del Consejo de Europa para la protección de datos, Alessandra Pierucci, y el Comisario de Protección de Datos del Consejo de Europa, Jean-Philippe Walter, afirman que desde el comienzo de la pandemia, los gobiernos y las partes interesadas que participan en la lucha contra el virus han confiado en el análisis de datos y las tecnologías digitales para hacer frente a esta amenaza. Las aplicaciones móviles se han utilizado en algunos países y se están considerando en otros como una respuesta complementaria a la necesidad de realizar rápidamente el monitoreo de contactos.

En la declaración se indica que, dondequiera que se escojan esas soluciones, será necesario establecer estrictas salvaguardias jurídicas y técnicas para mitigar los riesgos para la protección de los datos personales y la privacidad.

Si se despliegan esas aplicaciones, debería ser por un período limitado y únicamente con carácter voluntario. Estas aplicaciones deberían incluir especificaciones “por diseño” para prevenir o reducir al mínimo los riesgos, por ejemplo, para garantizar que no se utilicen los datos de localización de las personas, que no sea posible la identificación directa o que se impida la reidentificación.

La declaración tiene por objeto contribuir a las reflexiones que se están llevando a cabo actualmente en muchos países.

En 1981, el Consejo de Europa aprobó el primer tratado internacional que aborda el derecho de las personas a la protección de sus datos personales, la Convención para la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos personales, también conocida como “Convenio 108”. En 2018, el tratado se actualizó mediante un protocolo de enmienda, que aún no ha entrado en vigor, con el fin de garantizar que sus principios de protección de datos sigan adaptándose a los nuevos instrumentos y prácticas. Hasta la fecha, 55 países han ratificado el “Convenio 108” y muchos otros lo han utilizado como modelo para la nueva legislación de protección de datos.


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