El primer estudio realizado en toda Europa sobre La admisibilidad de la prueba electrónica ante los Tribunales (AEEC) revela que el 89,5% de los expertos jurídicos consultados en España y en otros 15 países europeos fiscales, jueces, abogados, representantes del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y notarios- considera que la validez de la prueba electrónica es equivalente a la tradicional en los procesos judiciales.
La prueba electrónica es cualquier información obtenida a través de un dispositivo electrónico o medio digital que sirve para adquirir convencimiento de la certeza de un hecho en un juicio (e-mail, la firma y la factura digital). Se considera prueba tradicional informaciones tangibles (documentos en papel, audiovisuales, pruebas científicas como ADN) usadas en los juicios.
El informe realizado por la empresa española de investigación de fraudes en entornos virtuales Cybex, cuenta con la aprobación y cofinanciación de la Dirección General de Justicia, Libertad y Seguridad de la Comisión Europea y la colaboración del CGPJ y La Caixa.
En la presentación, celebrada en Madrid, intervino el vocal del CGPJ, Carlos Ríos, quien recalcó que el mundo jurídico es reacio a los cambios respecto a las Tecnologías de la Información y Comunicación, estando retrasado desde el punto de vista de las nuevas tecnologías en comparación al ámbito empresarial y al de la administración pública.
El estudio refleja que el 68,6% de los profesionales del Derecho entrevistados asegura que las pruebas digitales tienen la misma validez en los juicios que las pruebas documentales (documento tradicional tangible en soporte papel como fax, recibo, factura). De los 16 países europeos analizados, los expertos jurídicos de 10 países, entre los que se encuentra España, Alemania, Bélgica, Finlandia, Francia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Portugal y Rumanía, equiparan la prueba electrónica a los documentos en soporte de papel y les dotan de la misma validez procesal en un juicio.
La investigación incluye un análisis comparativo de 78 normas legislativas de los países analizados. Esta comparación refleja que en ninguno de sus ordenamientos jurídicos hay referencias específicas a la prueba electrónica. Esta ausencia implica que la utilización de la prueba digital en un proceso judicial se rige por una interpretación jurídica analógica de la prueba tradicional.
El 61% de los expertos entrevistados con perfil jurídico opina que en Europa el sistema normativo que regula la prueba electrónica necesita cambios, ya que el sistema normativo no se adapta a la realidad tecnológica. Una de las soluciones propuestas por este colectivo es establecer un marco jurídico europeo que regule la prueba electrónica. De ellos, el 77,8% considera necesario fijar normas internacionales que homogeneicen el tratamiento procesal de la prueba electrónica para mejorar la cooperación transnacional entre los agentes sociales que intervienen en la erradicación del ciberdelito. El principal objetivo de esta reivindicación es hacer frente a la dimensión transnacional de los delitos tecnológicos. Por contrapartida, el 22,2% de los entrevistados mantiene que la regulación de la prueba digital debe competer exclusivamente a los Estados y no debe de ser una norma europea.





